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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer un recurso de queja que interpusieron juzgadores federales con residencia en Chiapas, a quienes, otro juez de distrito, les negó la suspensión provisional contra el dictamen de la reforma judicial
Por unanimidad, los ministros de la Segunda Sala, Luis María Aguilar Morales, Lenia Batres, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán, aprobaron el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien propuso no atraer el asunto por tratarse de un acto consumado.
Esquivel Mossa argumentó que la Segunda Sala ya se ha pronunciado respecto de la improcedencia de conceder una suspensión cuando un acto ya se ha realizado en su totalidad o esté ya consumado; de ahí que la índole jurídica planteada no contiene rasgos excepcionales que exijan la intervención del alto tribunal.
Recordó que para que la Suprema Corte atraiga un caso, el problema jurídico debe cumplir con los requisitos de interés y trascendencia, y no sólo a la materia que reviste el recurso.
Lo anterior, significa que de la materia jurídica de este asunto ya existen precedentes que la resuelven y, por ende, no tiene connotación excepcional; razón por la cual la Segunda Sala determinó no conocer del medio de impugnación.